Ministerio del Poder Popular paraRelaciones Exteriores

Embajada en Austria

GOBIERNO BOLIVARIANO

Estatuto del Estado actual

La República Bolivariana de Venezuela es un Estado federal descentralizado (…), y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad” (Artículo 4, Constitución Bolivariana de la República de Venezuela)

“Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia …, y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional, en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador” (Artículos 1 y 2, Constitución Bolivariana de la República de Venezuela)

“El Presidente o Presidenta de la República es el Jefe o Jefa del Estado y del Ejecutivo Nacional, en cuya condición dirige la acción del gobierno” (Artículo 226, Constitución Bolivariana de la República de Venezuela)

El período presidencial es de seis años, y el Presidente puede ser reelegido de inmediato y por una sola vez, para un nuevo período.

La elección del Presidente se hace por votación universal, directa y secreta. Son electores o electoras todos los venezolanos y venezolanas que hayan cumplido 18 años de edad.

El actual Jefe de Estado y de Gobierno es el Sr. Hugo Chávez Frías, quién resultó electo en 1998 para el período constitucional 1999-2004, pero luego de entrar en vigencia la nueva constitución (1999), al igual que el resto de los poderes públicos, se sometió a un proceso de relegitimación resultando electo para el período constitucional 2000-2006. El 11 de abril de 2002 se produjo un golpe de estado qué intentó derrocarlo, pero el pueblo y la Fuerza Armada Institucional lo repuso en el poder.

Proceso de la Constituyente

El proceso constituyente hacia la constitución de la V República se inicia con el “Caracazo”, suerte de movimiento sísmico social que reveló la presión acumulada en una sociedad que busca desesperada un cambio, ante el agotamiento del modelo político y económico que la sustenta. A este hecho le sucedió la intentona golpista del 4 de febrero de 1992 y luego del 27 de noviembre de ese mismo año, en la cual participaron un nutrido grupo de militares jóvenes de vocación democrática liderizados por el hoy Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías, quien al igual que el resto de los oficiales que lo acompañaron en esa acción permaneció prisionero durante dos años y luego de su salida de la cárcel decidió recorrer el país y lanzar su candidatura presidencial, la cual resultó victoriosa al derrotar la alianza de los partidos tradicionales AD y COPEI, expresión del bipartidismo que gobernó Venezuela a partir de la caída de la dictadura del general Marcos Pérez Jiménez en 1958 con base en lo que se llamó el Pacto de Punto Fijo que dio origen a la Constitución de 1961.

Luego de la victoria de Chávez y ante su propuesta de avanzar hacia la elaboración de una nueva constitución que recogiese las bases programáticas del nuevo Estado, expresión de una nueva República (V), inspirada en el ideario de El Libertador Simón Bolívar, bajo el hilo conductor de la profundización de la democracia y la construcción de una sociedad más justa, el primer escollo que hubo que superar fue la decisión de convocar una Asamblea Nacional Constituyente que cumpliera esa misión. La dificultad formal estuvo en que la constitución para entonces vigente (1961), no establecía ningún mecanismo que permitiera la participación popular en el proceso constituyente. De hecho esa constitución fue el resultado de que el Poder Legislativo constituido para la época –el Congreso de la República- decidió declararse Poder Constituyente para hacer la nueva constitución. Ni siquiera a través de un referéndum popular era posible declarar formalmente abierto el proceso constituyente. Luego de intensos debates, la Corte Suprema de Justicia, actuando como Corte Constitucional decidió aprobar la convocatoria de un referéndum popular -previsto en la constitución para realizar consultas de interés nacional- para consultar al pueblo sobre la pertinencia de convocar o no una Constituyente. Por abrumadora mayoría ganó el sí y a partir de ese momento se desencadenó un proceso que le permitió al pueblo elegir la Constituyente que elaboró la nueva constitución, la cual posteriormente fue consultada y aprobada por el soberano en un referéndum popular, lo cual no tenía precedentes en la historia de Venezuela. Posteriormente y con base en la nueva constitución, se procedió a la relegitimación de los Poderes Públicos y el Presidente Chávez dio el ejemplo sometiéndose a un nuevo proceso electoral cuando a su mandato le faltaban 4 años para concluirse. En total se realizaron 6 elecciones en el marco del proceso constituyente entre finales de 1998, 1999 y 2000. De manera que el proceso de cambio político e institucional venezolano se había venido desarrollando en paz y democracia, hasta el 11 de abril de 2002 cuando una alianza militar-empresarial intentó derrocarlo, derogando todos poderes públicos y la propia constitución vigente. Afortunadamente, la vocación democrática e institucional de la mayoría del pueblo y de sus fuerzas armadas, en apenas 48 horas, reestableció la constitución y la vigencia de todos los poderes públicos.

Presidente Nicolás Maduro Moros

Maduro asumió las funciones administrativas y económicas de Venezuela durante la enfermedad del presidente Hugo Chávez. Luego de la victoria electoral de Chávez en 2012, su delicado estado de salud le impidió tomar posesión del cargo el 10 de enero como lo ordena el Artículo 231 de la Constitución. Al fallecer Chávez, Maduro asumió tres días después la jefatura de Estado y de Gobierno como «presidente encargado de Venezuela» hasta la celebración de elecciones presidenciales. El 14 de abril del 2013 fue elegido Presidente constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, convirtiéndose en el primer presidente chavista y obrero de la historia contemporánea de Venezuela.

Nicolás Maduro resultó reelecto para el período 2019-2025, en las elecciones presidenciales de 2018.

Poderes Públicos

La nueva Constitución Nacional aprobada el 15 de diciembre de 1999, divide el Poder Público Nacional en cinco poderes: Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial, Poder Ciudadano y Poder Electoral. Estos dos últimos poderes no estaban contemplados en la anterior constitución de 1961.

– Poder Ejecutivo: lo ejerce el Presidente o Presidenta, un Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva y los Ministros y Ministras.

La figura del Vicepresidente Ejecutivo es una figura nueva en la Constitución. Este es colaborador inmediato del Jefe de Estado y de Gobierno, y es designado y removido por éste. Las faltas temporales del Presidente serán suplidas por el Vicepresidente Ejecutivo hasta 90 días, prorrogables por la Asamblea Nacional por 90 días más.

– Poder Legislativo: este poder recae en la Asamblea Nacional (anteriormente el Congreso Nacional), que está compuesta por diputados y diputadas representantes de los estados y pueblos indígenas de la República. En los Estados, representa este poder el Consejo Legislativo.

– Poder judicial: está constituido por el Tribunal Supremo de Justicia y demás tribunales estipulados por la ley; el Ministerio Público, la Defensoría pública, los órganos de investigación penal, el sistema penitenciario.

El Poder Judicial es independiente y el Tribunal Supremo de Justicia goza de autonomía funcional, financiera y administrativa. A éste le corresponde el nombramiento de los jueces o juezas.

Nuevos poderes

– Poder Ciudadano: se ejerce por el Consejo Moral Republicano integrado por el Defensor del Pueblo, el Fiscal General y el Contralor General de la República.

Los órganos del Poder Ciudadano son la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público y la Contraloría General de la República. Estos tienen a su cargo, prevenir, investigar y sancionar los hechos que atenten contra la ética pública y la moral administrativa; velar por la buena gestión y la legalidad en el uso del patrimonio público, el cumplimiento y la aplicación del principio de la legalidad en toda la actividad administrativa del Estado, e igualmente, promover la educación como proceso creador de la ciudadanía, así como la solidaridad, la libertad, la democracia, la responsabilidad social y el trabajo (Artículo 274)

– Poder Electoral: lo ejerce el Consejo Nacional Electoral como ente rector; y son órganos subordinados a éste:. La Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral y la Comisión Participación Política y Financiamiento.

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