OTPCEN (CTBTO)
Información General
TPCE (Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares)
En abril de 1954, casi 10 años después del primer ensayo de armas nucleares, realizado en julio de 1945, el Primer Ministro de la India, Jawaharlal Nehru, propuso que se suspendieran los ensayos de armas nucleares. Se trataba de la primera iniciativa de este género.
Durante la guerra fría, se firmaron tres tratados relativos a los ensayos nucleares: el Tratado de prohibición parcial de los ensayos, de 1963, y dos tratados bilaterales entre la ex – Unión Soviética y los Estados Unidos de América, que limitaban la potencia de los ensayos nucleares, tanto para fines militares como pacíficos. Ninguno de esos tres tratados establecía una prohibición completa.
Las intensas negociaciones sobre un Tratado de prohibición completa comenzaron en la Conferencia de Desarme que se celebró en Ginebra en enero de 1994. El 10 de septiembre de 1996, la Asamblea General aprobó el Tratado por abrumadora mayoría, y el 24 de septiembre de 1996 el Tratado quedó abierto a la firma en la sede de las Naciones Unidas de Nueva York. El primer día firmaron el Tratado 71 Estados, incluidas las cinco Potencias Nucleares, y 27 de los 44 Estados que, con arreglo al artículo XIV, deben ratificarlo para que entre en vigor.
Venezuela firmó el Tratado el 3 de octubre de 1996.
Significado del TPCE
El Tratado:
– Prohíbe cualquier ensayo de armas nucleares o cualquier otra explosión nuclear en cualquier parte del mundo;
– Establece un sistema internacional de vigilancia para observar y verificar el cumplimiento del Tratado;
– Tiene como finalidad lograr la adhesión de todos los Estados y el objetivo de contribuir eficazmente a la prevención de la proliferación de armas nucleares en todos sus aspectos, al proceso de desarme nuclear y, por lo tanto, al acrecentamiento de la paz y la seguridad internacionales.
La Comisión Preparatoria
Durante la reunión de los Estado signatarios, convocada el 19 de noviembre de 1996 por el Secretario General de las Naciones Unidas en su calidad de Depositario, se estableció una Comisión Preparatoria de la Organización del Tratado de prohibición completa de los ensayos nucleares como organización internacional financiada por los Estados signatarios y encargada de crear un régimen internacional de vigilancia del cumplimiento del Tratado y preparar su entrada en vigor. La Comisión Preparatoria se compone de dos órganos: un órgano plenario, del que forman parte todos los Estados signatarios, conocido también como la Comisión Preparatoria, y la Secretaría Técnica Provisional.
El 3 de marzo de 1997, la Comisión Preparatoria nombró Secretario Ejecutivo a Wolfgang Hoffmann, de Alemania. El Secretario Ejecutivo dirige la Secretaría Técnica Provisional, que inició sus labores el 17 de marzo de 1997 en sus oficinas del Centro Internacional de Viena.
Venezuela y el CTBTO
Venezuela ha mantenido una posición de defensa de los principios internacionales sobre desarme en todos los foros en que participa. Asimismo, fue uno de los países que en 1989 propuso la modificación del Tratado de Moscú de 1963 (que impedía todas las explosiones nucleares excepto las subterráneas) para convertirlo en Tratado de Prohibición Completa.
Adicionalmente, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, adoptada en diciembre de 1999, recoge esa tradición pacifista y de participación activa en los foros correspondientes, al incluir en su preámbulo el fin, entre otros, de promover el desarme nuclear.
Venezuela también a puesto a la disposición del sistema mundial de vigilancia previsto en el Tratado, dos estaciones sísmicas, de carácter auxiliar, para que integren la red de verificación. Igualmente, el país a cooperado en la solución de los problemas inherentes a las labores que la Secretaría Técnica realiza en territorio venezolano.
Venezuela firmó el Tratado de prohibición completa de los ensayos nucleares el 3 de octubre de 1996, y el órgano legislativo nacional, examina en la actualidad el Tratado con miras a su ratificación.